"El deseo de las parejas de que se reconociera una relación entre los niños y sus futuros padres no se encontró con una imposibilidad general y absoluta, ya que tenían a su disposición la opción de la adopción y no la habían utilizado". Así explican los jueces del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo la decisión con la que afirman que el Estado italiano no está obligado a inscribir automáticamente en el registro civil a los niños nacidos mediante gestación subrogada.